FSC-CCOO Castilla y León | 19 mayo 2024.

Programa electoral elecciones sindicales 2024 Segovia

  • 15 de mayo de 2024

CCOO, primer sindicato en representación de los Empleados Públicos a nivel estatal en el ámbito de Personal Funcionario y Laboral, hemos conseguido avances con nuestra negociación, movilización y presión. Pero seguimos necesitando muchas mejoras en las condiciones laborales de los empleados y empleadas públicas de la Junta de Castilla y León y en la defensa de los servicios públicos

30/04/2024.

Y el 16 de mayo, ¿qué?

Estas elecciones sindicales están siendo muy raras. Muchos han sido los problemas que nos han traído hasta aquí por los cálculos electorales de unos pocos. Precisamente de aquellos que algunas veces se han manifestado junto con el partido contrario a empleados-as públicos, sindicatos, derechos sociales e incluso de las propias autonomías. ¡Toma coherencia!

Por eso, esta vez votaremos en Segovia tras haberse votado en la mayoría de las provincias de nuestra comunidad, generando un problema mayúsculo para la realización del trabajo sindical en beneficio de quienes vais a votar.

CCOO está trabajando para los empleados y empleadas públicas de la Junta de Castilla y León tengan la mejor representación, la que se va a acordar de ellos y ellas a partir del día 16, cuando otros se olviden de promesas y fuegos artificiales.

En CCOO seguiremos trabajando durante los próximos 4 años: buscando las mejores condiciones laborales para las empleadas y empleados públicos, asegurando el mantenimiento y la recuperación de los servicios públicos de calidad, que son los que garantizan una sociedad mejor, más justa, más equitativa. En los centros de trabajo, resolviendo dudas, evitando problemas, asesorando profesionalmente…

Porque CCOO, con tu voto, tiene EL PODER DE CAMBIAR LAS COSAS.

Consulta aquí nuestro programa electoral

Accede a todos los videos que hemos preparado para ti:

PERMISOS RETRIBUIDOS PARA VOTAR EL DÍA 15 DE MAYO:

1. UNA hora continuada si la Mesa Electoral está en tu centro de trabajo.

2. DOS horas continuadas si debes desplazarte, dentro de la misma localidad, para votar en un centro distinto del tuyo.

3. TRES horas continuadas, si debes votar en una localidad distinta de aquella en la que trabajas que esté a menos de 50 km.

En el caso de que el desplazamiento desde el centro de trabajo a la Mesa Electoral fuese superior a 50 kilómetros podrás disponer de hasta 4 horas continuadas para votar.

No tendrá derecho a permiso alguno quien ejerza su derecho al voto por correo.

A quienes disfruten del permiso retribuido por ejercer su derecho al voto en los supuestos 2 y 3, se les podrá exigir justificante de haber votado, expedido por la Mesa Electoral en el momento de votar.

En todo caso el disfrute de los permisos regulados en este artículo deberá compatibilizarse con la prestación efectiva de los servicios. La dirección de los centros arbitrará las medidas o turnos necesarios de modo que las empleadas y empleados públicos dispongan del tiempo para ejercer el derecho al voto.